Calendario de obligaciones de nómina en México: qué se paga y se presenta cada mes

Calendario de obligaciones de nómina en México: qué se paga y se presenta cada mes
Guía · Maquila de nómina en México

Todas las fechas de nómina en un solo calendario.

Respuesta corta

Las obligaciones de nómina más frecuentes en México son: pagar cuotas del IMSS y enterar el ISR retenido a más tardar el día 17 del mes siguiente; pagar las aportaciones bimestrales de retiro, cesantía y Infonavit en enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre; presentar avisos al IMSS en cinco días hábiles; pagar el aguinaldo antes del 20 de diciembre; y repartir la PTU dentro de los 60 días siguientes a la declaración anual.

Actualizado en octubre de 2026

IMSSISRInfonavitAguinaldoPTU

IMSS E ISR

Día 17

de cada mes, sin prórroga

AVISOS AL IMSS

5 días

hábiles desde el movimiento

AGUINALDO

20 dic.

fecha límite de pago

La nómina tiene fechas que no se mueven aunque el calendario de la empresa cambie. Esta guía las reúne por frecuencia (cada pago, cada mes, cada bimestre y cada año), con la norma que respalda cada una. Las fechas límite pueden ajustarse por días inhábiles o por disposiciones de las autoridades, por lo que conviene confirmar el calendario vigente. Para las consecuencias de incumplir, ver errores de nómina y multas ante el IMSS y el SAT.

1. ¿Qué se hace en cada pago de nómina?

2. ¿Qué vence cada mes?

Obligación Fecha límite Base
Pago de cuotas obrero-patronales del IMSS A más tardar el día 17 del mes siguiente Ley del Seguro Social, art. 39
Entero del ISR retenido por sueldos A más tardar el día 17 del mes siguiente Ley del Impuesto sobre la Renta, art. 96
Impuesto estatal sobre nóminas Según el estado; en muchos, dentro de los primeros 17 días del mes siguiente Ley de Hacienda o Código Financiero de cada entidad
Avisos de alta, baja y cambio de salario al IMSS Cinco días hábiles desde el movimiento Ley del Seguro Social, art. 15

3. ¿Qué vence cada bimestre?

El pago de las aportaciones de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, junto con las aportaciones al Infonavit, es bimestral y vence a más tardar el día 17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre (Ley del Seguro Social, art. 39). Si un trabajador tiene crédito Infonavit, el descuento por amortización se entera en el mismo ciclo.

4. ¿Qué obligaciones son anuales?

Obligación Cuándo Base
Determinación de la prima de riesgo de trabajo Durante el mes de febrero Ley del Seguro Social, art. 32
Pago de la PTU Dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual Ley Federal del Trabajo, art. 122
Aguinaldo Antes del 20 de diciembre Ley Federal del Trabajo, art. 87
Cálculo anual del ISR de los trabajadores Al cierre del ejercicio Ley del Impuesto sobre la Renta, art. 97
Vacaciones Dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio Ley Federal del Trabajo, art. 81

5. ¿Dónde se calculan aguinaldo, prima vacacional y finiquito?

Hay guías específicas para cada cálculo: aguinaldo, prima vacacional y finiquito e indemnización.

6. ¿Cómo organizar el calendario sin perder fechas?

  1. Fijar fechas internas de pago dos o tres días antes del límite legal.
  2. Conciliar cada mes nómina, cuotas del IMSS y retenciones de ISR.
  3. Asignar un responsable y un suplente para cada obligación.
  4. Revisar al inicio de año los días inhábiles que mueven las fechas.
  5. Dejar evidencia de cada pago y aviso en un archivo ordenado.

7. Preguntas frecuentes

¿Qué día se paga el IMSS?
Las cuotas obrero-patronales se pagan a más tardar el día 17 del mes siguiente, conforme al artículo 39 de la Ley del Seguro Social.
¿Cuándo se entera el ISR retenido a los trabajadores?
A más tardar el día 17 del mes siguiente al de la retención, según el artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
¿Cada cuánto se paga el Infonavit?
Las aportaciones se pagan cada bimestre, a más tardar el día 17 de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
¿En cuántos días se avisa al IMSS de un alta o una baja?
En cinco días hábiles desde el movimiento, conforme al artículo 15 de la Ley del Seguro Social.
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
Antes del 20 de diciembre, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
¿Cuándo se reparte la PTU?
Dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual de la empresa, según el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo.

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